La Justicia suspendió el decreto de Milei que limitaba el derecho a huelga tras un reclamo de la CGT
La Justicia laboral aceptó una medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) y suspendió provisoriamente los artículos centrales del decreto 340/2025 del presidente Javier Milei, que restringía el derecho a huelga. La jueza Moira Fullana, del Juzgado Nacional del Trabajo N°3, consideró que el decreto violaba principios constitucionales y convenios internacionales, al no haberse dictado en un contexto de “circunstancias excepcionales”, como exige la Constitución para justificar un DNU.
El fallo apunta principalmente a los artículos que ampliaban la lista de servicios esenciales y exigían que, incluso en contextos de conflicto, se garantizara un mínimo de entre el 50 y el 75% de la prestación de los mismos. Según los sindicatos, estas exigencias hacían inviable el ejercicio efectivo del derecho a huelga, en contradicción con el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y convenios como el 87 y 98 de la OIT. La CGT había presentado el amparo días atrás, denunciando una “reglamentación restrictiva y arbitraria”.
Aunque se trata de una decisión provisional, la resolución representa un revés judicial para el Gobierno y un respaldo a los reclamos sindicales. La jueza también subrayó que el Congreso se encontraba en sesiones ordinarias cuando se dictó el DNU, por lo que no se justifica la vía ejecutiva. Desde el mediodía, columnas de manifestantes comenzaron a movilizarse en apoyo a la decisión judicial y en rechazo al decreto oficial.
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