Modificaron el régimen de desarmaderos legales de automotores

06 de agosto de 2025SSSS
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El Poder Ejecutivo publicó en el Boletín Oficial el Decreto 536/2025, que modifica de manera integral el régimen legal y reglamentario de los desarmaderos de automotores y la comercialización de autopartes usadas.

La medida elimina la renovación anual obligatoria de inscripciones y refuerza los mecanismos de control y trazabilidad en todo el país.

La normativa, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, afecta a todas las personas físicas y jurídicas que desarmen vehículos o comercialicen repuestos usados, así como a las compañías aseguradoras, fuerzas de seguridad y organismos de control.

Esta medida modifica el histórico Decreto 744/2004, adaptándolo a la Ley 25.761 y sus reformas, y responde a la necesidad de modernizar procedimientos que, hasta ahora, exigían presentaciones en papel, fotografías impresas y trámites presenciales.

El nuevo régimen establece que la solicitud de baja de un automotor y la declaración de piezas recuperables deberán realizarse de manera digital, a través de la plataforma de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios. El desarmadero responsable deberá registrar digitalmente el listado de piezas, la documentación y las fotografías exigidas, con la firma del titular registral y, en su caso, de su cónyuge y acreedores prendarios.

El Certificado de Baja y Desarme también será emitido en formato digital y estará disponible para consulta y descarga por los sujetos intervinientes.

Según el texto oficial, “el Certificado de Baja y Desarme deberá estar disponible para su consulta y descarga por los sujetos intervinientes en el proceso de baja y desarme, según los criterios y niveles de acceso que establezca la mencionada Dirección Nacional”.

A partir de ahora, los desarmaderos y comerciantes de autopartes deberán mantener actualizada la documentación en la forma y periodicidad que disponga la Dirección Nacional, pero sin la carga administrativa de la renovación anual.

El decreto también incorpora la posibilidad de notificar electrónicamente la inactividad transitoria de los desarmaderos o los impedimentos operativos, lo que permitirá evitar sanciones cuando existan causas debidamente informadas.

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