
Desregulación de importaciones: Anmat hizo aclaraciones sobre el nuevo plan
Actualidad17 de julio de 2025 I24La próxima semana entra en vigencia el nuevo plan de desregulación de importaciones de Anmat. La institución hizo algunas aclaraciones sobre el mismo.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnologías Médicas (ANMAT) informó que, a partir del 24 de julio de 2025, dejará de intervenir en los trámites de solicitud de autorización de importación para determinados productos, siempre que provengan de establecimientos habilitados y estén debidamente inscriptos ante el organismo regulador.
La medida fue oficializada mediante la Disposición 4033/2025, publicada el 9 de junio, y se aplicará exclusivamente a cosméticos, domisanitarios, productos de higiene oral de uso odontológico, productos higiénicos descartables de uso externo y de uso intravaginal. Esta decisión forma parte de una estrategia de simplificación administrativa y optimización de procesos dentro de la gestión pública.
Según lo establecido, la Anmat no exigirá su intervención previa en los trámites de importación de estos productos, siempre que estén destinados a la comercialización o distribución gratuita, y cuenten con registro vigente. No obstante, los importadores deberán notificar la operación dentro de las 48 horas de su nacionalización mediante el “Aviso de importación”, que se gestionará a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
El formulario TAD “Aviso de importación” requerirá información clave como razón social, número de legajo o RNE, tipo de producto (terminado, a granel o muestra), país de procedencia, y número de documento de transporte. Además, se deberán adjuntar dos documentos obligatorios:
Anexo de productos: con marca, cantidad, presentación, lote, vencimiento y número de inscripción.
Declaración aduanera de importación: emitida por la Aduana, relacionada con la nacionalización de la mercadería.
Este nuevo procedimiento no tendrá costo alguno para los establecimientos. Sin embargo, todos los productos y empresas involucradas deberán cumplir con la normativa sanitaria vigente, incluyendo resoluciones como la N° 155/98, 708/98, 709/98, 692/2012 y 550/2022, entre otras disposiciones complementarias.


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