
El Gobierno adelanta la segunda dosis de la vacuna contra el sarampión
Según informó el Ministerio de Salud, el objetivo es asegurar una protección temprana y más efectiva y un aumento en la efectividad de la estrategia.
El Juzgado Civil y Comercial N°3 accedió al pedido de las empresas de medicina prepaga y ha decidido postergar el plazo para la presentación del plan de devolución de montos cobrados en exceso a los afiliados. Esta decisión surge tras la orden inicial de retrotraer los valores de las cuotas al mes de diciembre de 2023, y actualizarlos según la inflación registrada en lo que va del año.
El fallo del juez Juan Rafael Stinco dispuso convocar a una audiencia para el 27 de mayo, suspendiendo los plazos procesales hasta entonces. Esta medida responde a las múltiples peticiones formuladas por las partes involucradas, en el marco de la ejecución de la medida cautelar dictada previamente.
El viernes 3 de mayo, el juez Stinco había aceptado el pedido de la Superintendencia de Servicios de Salud y ordenó a las empresas de medicina privada retrotraer el monto de los valores a las cuotas vigentes en diciembre de 2023. Además, les otorgó un plazo de cinco días para presentar una propuesta de cronograma de devolución de las sumas cobradas en exceso por encima de la inflación a sus afiliados. Sin embargo, este plazo ha sido postergado con el nuevo fallo judicial.
El Gobierno detalló cómo se deberán ajustar las cuotas de medicina privada, estableciendo un valor de cuota de referencia y especificando los ajustes máximos permitidos en función de la inflación acumulada desde diciembre hasta la fecha de facturación correspondiente.
Según informó el Ministerio de Salud, el objetivo es asegurar una protección temprana y más efectiva y un aumento en la efectividad de la estrategia.
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