El Gobierno Provincial le responde a la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Santa Cruz

Política05 de abril de 2024SSSS
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Ante el comunicado de la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial del Poder Judicial de Santa Cruz que circuló en las últimas horas, el mandatario provincial Claudio Vidal salió a responder el mismo.

En primera instancia, el titular del Ejecutivo Provincial, recalcó que las manifestaciones expuestas por dicha Asociación sin firma ni fecha, son agraviantes. “Me veo en la obligación de aclararle a la ciudadanía que la solicitud de juicio político interpuesta en contra de la Dra. Ludueña Campos se encuentra debidamente fundada y obedece al mal desempeño de la misma al incumplir los deberes que tiene a su cargo”, sostuvo.  

Además remarcó que “lo expuesto surgió de manera objetiva del expediente en el que intervino, en el cual omitió llevar a cabo su rol en los tiempos estipulados por la ley”. “Dicho en otros términos, demoró más de 5 años en darle trámite a un pedido de Jury de Enjuiciamiento, lícito y argumentado, debiendo haberlo hecho de manera inmediata, o por lo menos en un plazo razonable”, amplió.

Continuando con su respuesta, indicó que “sin perjuicio de la objetividad del pedido, quiero además destacar el error en el que se incurre en el comunicado en circulación ya que NUNCA estuve imputado en esta causa penal, y por el contrario, fui víctima de una persecución política por parte de los funcionarios a quienes oportunamente recusé con causa, utilizando los recursos y remedios jurídicos en el proceso judicial, siendo precisamente en el marco de la utilización de dichos recursos en el que la letrada demoró más de 5 años en darle trámite”.

Antes de concluir, el gobernador Claudio Vidal, destacó que cree firmemente en la independencia de los poderes y en la supremacía de la Constitución Nacional. En ese sentido, enfatizó: “Inicié un procedimiento válido, legal y necesario (solicitud de investigación de una funcionaria, en el marco de un juicio político) contra quien presta un servicio público de justicia y ha demostrado incumplir con una norma provincial (art. 16 de la ley 28). Sin mencionar además que sobre ella -en su calidad de presidente del TSJ- recaía la obligación de darle trámite. Reitero, al menos, en plazos razonables, manifestando así precisamente su apego a la recta administración de justicia, institución que representaba como máxima autoridad”.

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