Política Redacción I24 09 de octubre de 2026

La Corte Suprema suspendió el artículo del DNU 70 que derogaba la Ley de Tierras

Finalmente, el máximo tribunal de la Argentina suspendió el controvertido decreto que había eliminado las restricciones a la compra de tierras rurales por extranjeros. La decisión, adoptada por mayoría con la participación de dos conjueces, restablece provisionalmente los límites de la Ley de Tierras. El tribunal remitió el reclamo de la ONG Árbol de Pie a la Justicia Federal de Bariloche, que deberá evaluar la legitimación de los demandantes y resolver sobre el pedido de medida cautelar.

El fallo llega después de que la Corte anulara otra cautelar del Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) por falta de legitimación. En el nuevo reclamo se invocan derechos colectivos vinculados con la protección ambiental y los territorios indígenas, mientras que Carlos Rosenkrantz se opuso a la suspensión interina. Los efectos del artículo permanecerán suspendidos hasta que se pronuncie el juzgado de Bariloche, sin que la Corte haya resuelto sobre su constitucionalidad.

La decisión fue firmada por las ministros Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, sumado a los conjueces Diego Barrotaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. Por su parte Carlos Rosenkrantz firmó en disidencia.

El máximo tribunal entendió que el planteo de la asociación actora versaba sobre “asuntos concernientes a la tutela del daño ambiental”, por lo que resultaba necesario dictar “una medida interina, a fin de asegurar la tutela judicial efectiva, y evitar la producción de daños irreparables”.