---
canonical_url: "https://i24.com.ar/contenido/5962/nuevas-tasas-del-monotributo-2024-incremento-en-facturacion-y-aportes-para-la-re"
title: "Nuevas tasas del monotributo 2024: incremento en facturación y aportes para la recategorización"
article_type: "Article"
description: "La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha revelado la actualización de la tabla del Monotributo para el año 2024, con notables aumentos del 49% en la facturación y del 110,9% en los aportes. Estos valores entrarán en vigencia a partir del 1 de enero de 2024 y serán aplicados durante la recategorización semestral, disponible del 1 al 22 de enero."
main_image: "https://i24.com.ar/download/multimedia.normal.9cd2eb81b9105cb8.bGdfbm9ybWFsLndlYnA%3D.webp"
date_published: "2023-12-28T09:03:00-03:00"
date_modified: "2023-12-28T09:24:37-03:00"
tags:
  - "afip"
  - "Monotributo"
author_name: "Pamela Leopardo"
author_url: "https://i24.com.ar/usuario/12/pamela-leopardo"
category_name: "Actualidad"
category_url: "https://i24.com.ar/categoria/2/actualidad"
---

# Nuevas tasas del monotributo 2024: incremento en facturación y aportes para la recategorización

![multimedia.normal.becd158b42538ea0.Zjk2MHg1NDAtMTA5NDlfODUwMjRfMF9ub3JtYWwud2VicA==](/download/multimedia.normal.b31ffe1c107f41bd.bXVsdGltZWRpYS5ub3JtYWwuYmVjZDE1OGI0MjUzOGVfbm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

Las categorías del Monotributo se ajustarán con los siguientes parámetros de ingresos brutos desde el 1 de enero de 2024:

Categoría A: $2.108.288,01

Categoría B: $3.133.941,63

Categoría C: $4.387.518,23

Categoría D: $5.449.094,55

Categoría E: $6.416.528,72

Categoría F: $8.020.660,90

Categoría G: $9.624.793,05

Categoría H: $11.916.410,45

Categoría I: $13.337.213,22

Categoría J: $15.285.088,04

Categoría K: $16.957.968,71

La recategorización, obligatoria cada seis meses en enero y julio, requiere que los contribuyentes evalúen sus parámetros de actividad de los últimos 12 meses. Este proceso implica considerar los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida, y los alquileres devengados o la superficie afectada a la actividad.

**Excepciones y fechas importantes:**

**Menos de 6 meses de inscripción**: No es necesario realizar la recategorización.

**Entre 6 meses y menos de 12 meses de inscripción:** Se deben anualizar los ingresos para la recategorización.

**Importe de la nueva categoría**: Debe abonarse en el mes siguiente al de la recategorización.

La actualización de estas tasas resalta la importancia de la planificación fiscal para los pequeños contribuyentes, quienes deben estar atentos a los nuevos parámetros y realizar los ajustes correspondientes en el Portal de Monotributo.

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
