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author_name: "Redacción I24"
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# Zona Fría: el Gobierno definió quiénes podrán acceder a descuentos de hasta el 50% en la tarifa de gas

El Gobierno nacional definió las condiciones para aplicar los beneficios del Régimen de Zona Fría, que contempla descuentos en las tarifas de gas para determinados usuarios del país. Tras los cambios introducidos por la Ley 27.828, las bonificaciones quedaron limitadas a quienes residan en la Patagonia, Malargüe, en Mendoza, y la región de la Puna.

La medida fue establecida mediante la Resolución 299 de la Secretaría de Energía, publicada este martes en el Boletín Oficial. El esquema contempla una bonificación territorial del 50% sobre el precio del gas para los usuarios alcanzados por el régimen y un descuento adicional del 20% para determinados hogares que cumplan con los requisitos establecidos.

El beneficio del 50% estará destinado a usuarios residenciales de gas natural y también alcanzará a comercios, pequeñas industrias y entidades encuadradas en la categoría de Servicio General P. Sin embargo, el descuento no se aplicará sobre el total de la factura, sino únicamente sobre el precio del gas natural o del gas propano indiluido distribuido por redes. Por lo tanto, los cargos correspondientes al transporte y la distribución quedarán excluidos de la bonificación.

Por otra parte, la normativa establece un descuento adicional del 20% para usuarios residenciales incorporados al Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF). Esta bonificación se calculará sobre el Precio Anual Uniforme del gas y se aplicará exclusivamente a los consumos base contemplados por la normativa vigente.

Para acceder a este beneficio adicional, los hogares deberán estar inscriptos en el SEF, residir en determinadas zonas bioambientales y no encontrarse dentro de las áreas que ya reciben la bonificación territorial del 50%. Además, deberán cumplir al menos uno de los criterios previstos en la legislación. Entre ellos, se encuentra el requisito de ingresos familiares netos iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2, según los valores publicados por el INDEC.

Finalmente, las empresas distribuidoras deberán reflejar las bonificaciones correspondientes en las tarifas y presentar ante el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE) información sobre los consumos y descuentos otorgados, con carácter de declaración jurada. De esta manera, el Gobierno estableció los mecanismos para identificar a los usuarios alcanzados y aplicar los beneficios previstos en el nuevo esquema.

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