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title: "El Gobierno reglamentó el régimen simplificado de Ganancias: cuáles son los requisitos y hasta cuándo hay tiempo"
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date_published: "2026-10-23T08:14:00-03:00"
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author_name: "Redacción I24"
category_name: "Política"
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category_description: "Contexto actual político del país"
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# El Gobierno reglamentó el régimen simplificado de Ganancias: cuáles son los requisitos y hasta cuándo hay tiempo

El Gobierno nacional reglamentó el nuevo régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias, establecido en el marco de la Ley de Inocencia Fiscal II. La medida fue oficializada mediante el decreto 1253, publicado en el Boletín Oficial, y establece las condiciones de acceso, los requisitos para los contribuyentes y los plazos para adherirse al sistema.

Uno de los puntos centrales de la normativa es que los contribuyentes que hayan presentado la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2025 bajo el régimen general antes del 23 de octubre podrán incorporarse al esquema simplificado, siempre que cumplan con las condiciones establecidas. Para hacerlo, deberán rectificar la declaración original hasta el 30 de octubre de 2026.

La iniciativa forma parte de la estrategia del Gobierno para incentivar el ingreso de dólares no declarados a la economía y simplificar las obligaciones tributarias de los contribuyentes.

**Cómo funciona el régimen simplificado**

De acuerdo con la reglamentación, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) precargará la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Cada contribuyente podrá revisar la información, realizar modificaciones, confirmarla y presentarla.

El sistema contempla los ingresos brutos de fuente argentina y extranjera, junto con las deducciones computables. Además, quienes se incorporen al régimen quedarán eximidos de informar sus bienes, aunque esta excepción no alcanza a los grandes contribuyentes nacionales ni a los funcionarios públicos comprendidos en las restricciones de la normativa.

Entre las condiciones de acceso, se estableció que los contribuyentes deberán haber mantenido la residencia fiscal durante todo el período correspondiente. También podrán obtener una constancia digital que acreditará su adhesión y ratificar anualmente su continuidad en el esquema.

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