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title: "Elecciones Generales 2023: Los trámites que no podrás hacer si no votas el domingo"
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description: "Quienes no voten en las elecciones generales del 22 de octubre de 2023 tendrán 60 días para justificar su ausencia. De lo contrario, enfrentarán multas y restricciones en diversos trámites."
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date_published: "2023-10-18T13:14:00-03:00"
date_modified: "2023-10-18T13:29:43-03:00"
tags:
  - "derecho al voto"
  - "ELECCIONES 2O23"
  - "padron electoral"
  - "politica"
  - "tramites restringidos"
author_name: "HH"
category_name: "Política"
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category_description: "Contexto actual político del país"
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# Elecciones Generales 2023: Los trámites que no podrás hacer si no votas el domingo

![voto electronico](http://i24.com.ar/download/multimedia.normal.8031bf35a4e04bb9.dm90byBlbGVjdHJvbmljb19ub3JtYWwud2VicA%3D%3D.webp)**El próximo domingo, 22 de octubre, se celebrarán las elecciones generales en las que se elegirá al próximo presidente y vicepresidente de la nación para un mandato de cuatro años.**Es fundamental que las personas de 18 a 70 años cumplan con su deber cívico y emitan su voto. Aquellos que no lo hagan deberán seguir ciertos procedimientos para justificar su ausencia.

**Los trámites que se verán restringidos para quienes no voten incluyen aquellos relacionados con el orden público a nivel nacional o provincial durante un año. Además, no podrán ser designados para funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.**

**Para aquellos que no emitan su voto, se ofrece la posibilidad de justificar su ausencia dentro de un plazo de 60 días. Para ello, deben dirigirse a una sede policial y registrar los motivos de su falta, posteriormente, este documento deberá presentarse ante la Justicia Electoral.**

Sin embargo**, si no se justifica la ausencia en el tiempo estipulado, los electores de 18 a 70 años deberán pagar una multa cuyo monto variará según la gravedad de la falta, oscilando entre $50 y $500. Esta multa puede abonarse en persona en una sucursal del Banco Nación o mediante canales electrónicos. Para obtener el cupón de pago, los infractores al deber de votar pueden acceder al sitio web del Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar e ingresar su número de DNI.**

A pesar de estas restricciones, existen algunas situaciones excepcionales en las que las personas están exentas de votar.

**Distancia:**Si se encuentran a más de 500 kilómetros de su lugar de votación.  
**Enfermedad o Incapacidad:** Cuando están enfermos o incapacitados debido a circunstancias de fuerza mayor.  
**Trabajo en Organismos o Empresas Públicas:**Si trabajan en organismos o empresas de servicios públicos que les impiden votar.  
**Funcionarios Electorales:**Para jueces o auxiliares de elección que deben mantener sus oficinas abiertas durante las elecciones.  
**En todos estos casos, las personas deben justificar su ausencia de acuerdo con las circunstancias específicas.**

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