
Las fuerzas de seguridad podrán utilizar armas de fuego

La medida, conocida internamente como “Reglamento General para el Empleo de las Armas de Fuego por parte de los Miembros de las Fuerzas Federales de Seguridad”, fue dictada bajo la resolución ministerial 956/2018. Según la norma, las fuerzas federales tendrán mayor libertad para disparar sus armas en casos de delitos graves y persecuciones.
Dicha norma afirmaba que:
“Se hará uso de las armas de fuego cuando resulten ineficaces otros medios no violentos, en los siguientes casos:
A) En defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves.
B) Para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas.
C) Para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad.
D) Para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente, y hasta lograr su detención”.
La ministra anunció su nueva medida con un comunicado que incluyó el término “proteger a quienes nos protegen”, una frase que históricamente empleó para apoyar al ex policía Luis Chocobar, que fue defendido en el juicio en su contra -donde fue condenado por el delito de homicidio en exceso de cumplimiento del deber- por el abogado Fernando Soto, hoy funcionario del Ministerio de Seguridad. Chocobar, que acompañó a Bullrich en el primer debate presidencial, fue recibido por la ministra semanas atrás en su despacho.


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