ANSES prorrogó por dos años la suspensión de los pagos retroactivos a las jubilaciones de privilegio

Política 29 de diciembre de 2023 SS SS
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ANSES prorrogó por dos años la suspensión del pago de los retroactivos por prestaciones de expresidentes y exvicepresidentes que fue dispuesta a mediados de 2020.

La medida fue publicada este viernes a través de la resolución 601 firmada por el director ejecutivo del organismo previsional, Osvaldo Giordano. De acuerdo con la decisión, la ANSES no realizará pagos retroactivos por esos beneficios mientras rija la “emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social” fijada por el DNU 70 que firmó el presidente Javier Milei y su gabinete.

La resolución que ahora prorroga esa decisión, reproduce algunos argumentos del DNU de Milei para la declaración de la emergencia en la Argentina. El texto destaca que el país “se encuentra atravesando una situación de inédita gravedad, generadora de profundos desequilibrios que impactan negativamente en toda la población, en especial en lo social y económico”. Y recuerda que existe “una situación de enorme gravedad social, como consecuencia de una economía que no crece desde el año 2011, con altísimos índices de pobreza e indigencia -con especial impacto en la niñez-y deterioro de los salarios reales, ayudas sociales y haberes previsionales”.

Así, los jueces, presidentes y vicepresidentes que finalizaron su cargo no podrán recibir pagos de este tipo hasta finales de 2025.

Esta normativa impide que la expresidente, Cristina Kirchner, cobre un retroactivo multimillonario, por el período en el que se mantuvo suspendido el pago de una de sus dos asignaciones vitalicias de privilegio. La medida de la Anses tiene también alcance para los casos del expresidente Mauricio Macri y de los exvicepresidentes Amado Boudou y Gabriela Michetti, por los montos de los beneficios vitalicios que se hayan acumulado desde el momento en que cada uno obtuvo el derecho (según lo previsto en la ley 24.018) y el mes en que efectivamente se empezó a cobrar la prestación.

  

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