
Por DNU las pensiones de los veteranos de Malvinas serán hereditarias para sus hijos
El DNU establece que, en ausencia de viuda, viudo, conviviente con derecho a las pensiones, así como otros hijos menores o con discapacidad, los hijos e hijas del veterano fallecido participarán en la percepción de la Pensión Honorífica de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.
El presidente Fernández, al justificar la necesidad de este decreto, destacó la situación económico-social que afecta a los sectores de menores ingresos, incluidos los Veteranos de Guerra, y la urgencia de brindar respuestas concretas sin demoras.
Esta decisión busca aliviar las dificultades económicas que enfrentan los Veteranos de Malvinas y sus familias, reconociendo su valentía y sacrificio en defensa de la soberanía argentina. El gobierno reafirma así su compromiso con el bienestar de aquellos que han contribuido a la historia y la identidad del país.
El objetivo de este decreto se erige como un tributo tangible a la valentía y el servicio de los Veteranos de Malvinas, garantizando que su legado perdure y que sus familias reciban el reconocimiento y el apoyo que merecen.


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