Le robaron la moto, pagó la cuota vencida del seguro ese mismo día y la aseguradora no quiso cubrirlo

23 de septiembre de 2026SSSS

Un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revirtió la decisión de primera instancia y obligó a una compañía de seguros a indemnizar al dueño de una motocicleta que le había sido robada, luego de que la empresa se negara a cubrir el siniestro alegando una cuota impaga.

El caso se originó el 7 de febrero de 2024, cuando le robaron a un joven de 28 años su moto Bajaj Rouser 200 NS. Tras denunciar el hecho ante la Policía, inició el reclamo ante la aseguradora con la que tenía contratada una póliza para el vehículo. Sin embargo, la compañía rechazó la cobertura mediante una carta documento, argumentando que la póliza estaba suspendida porque la cuota con vencimiento el 15 de enero no había sido abonada a tiempo, sino recién el mismo día del robo.

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El hombre, que desde el inicio del contrato pagaba mediante débito automático y contaba con fondos suficientes en su cuenta, sostuvo que la aseguradora había cambiado de manera unilateral la modalidad de cobro sin notificarle correctamente. La empresa, por su parte, afirmó haber enviado tres correos electrónicos avisando sobre el vencimiento de la cuota.

En primera instancia, la jueza había rechazado la demanda al considerar que el hecho de que el asegurado hubiera pagado cuotas de forma manual en ocasiones anteriores era un indicio de que sabía que debía abonar por otra vía.

La Sala F de la Cámara Comercial revocó esa decisión. Los jueces concluyeron que la aseguradora no logró probar el envío de los correos electrónicos: no los presentó como prueba documental y la pericia informática tampoco pudo verificar su contenido, ya que el proveedor externo que administraba esos mensajes solo conservaba los registros por dos meses. Al no existir una comunicación fehaciente sobre el cambio en la modalidad de pago, el tribunal consideró razonable que el asegurado hubiera confiado en que la cuota se debitaría automáticamente, como había ocurrido siempre.

El fallo calificó de abusivo el rechazo de la cobertura y determinó que la compañía deberá indemnizar al damnificado por el valor actual de una moto de características similares. Además, le impuso el pago de $1.500.000 por privación de uso, $2.500.000 por daño moral y una multa civil por daño punitivo equivalente a dos canastas básicas totales para un hogar de tres personas. Los montos devengarán un interés anual del 6% desde la mora de la aseguradora, y las costas del juicio quedaron a su cargo.

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