El Gobierno oficializó el decreto que cambia la forma de designar jueces y fiscales

16 de junio de 2026SSSS

El Gobierno oficializó el Decreto que modifica los requisitos para la designación de magistrados y fiscales con el objetivo de reducir plazos e instancias "duplicadas" en el proceso y así "imprimir celeridad" a los pasos a seguir para cubrir los sillones vacíos.

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Con la firma del presidente de la Nación, Javier Milei, y el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 467/2026 que modifica la letra del Decreto 222 firmado bajo la presidencia de Néstor Kirchner y que estipulaba los requisitos a cumplir para dar por concluido el recorrido administrativo para la designación de un juez, fiscal e incluso sus máxima autoridades: la Corte Suprema y la Procuración General.

"La Nación atraviesa una crisis institucional derivada del elevado porcentaje de vacancias de cargos de magistrados en la justicia nacional y federal y la demora en la cobertura de los mismos", sostiene el Decreto de la actual gestión, exponiendo las cifras sin precedentes que afronta el Poder Judicial con el 37,5% de sus sillones vacíos y con mayor gravedad, el Ministerio Público con el 46% de sus despachos sin cubrir.

En el Decreto que modifica instancias de publicación, para así ganar tiempo al momento de cubrir los cargos, se explicó que la cantidad de vacantes "genera una alteración en el funcionamiento normal de los órganos jurisdiccionales de la que se deriva un importante incremento en el tiempo de tramitación de los procesos judiciales que afecta de manera directa el debido proceso y, con ello, los derechos de los justiciables".

Dicho procedimiento, que incluye la publicación de antecedentes y la recepción de observaciones ciudadanas bajo la órbita del Ministerio de Justicia, "ha devenido en una duplicación de instancias, por estar ellas previstas en el procedimiento constitucional y reglamentario aplicado en la citada Cámara de Senadores, órgano en el cual se garantiza la publicidad, participación ciudadana y evaluación pública de los candidatos".
El Gobierno entiende que es necesario "remover los trámites procedimentales innecesarios y las etapas duplicadas dentro del proceso de designación de magistrados" para así "restaurar el dinamismo constitucional de dicho procedimiento y, al mismo tiempo, de agilizar la cobertura de las respectivas vacantes, evitando redundancias en los trámites y la excesiva burocratización de los procesos de decisión".
El Decreto a modificar, sumó criterios adicionales para la valoración de las candidaturas que a criterio de la actual gestión "no se encuentran expresamente previstos en la Constitución Nacional" y cuya consideración "queda comprendida dentro del ámbito de apreciación que corresponde al PEN al ejercer su facultad de nominación de magistrados".
La presente medida, aclara el Gobierno libertario, "no implica la supresión de mecanismos de publicidad, transparencia o participación ciudadana en el proceso de designación de magistrados, los cuales continuarán plenamente garantizados mediante el procedimiento constitucional y reglamentario desarrollado ante el Senado".

Asimismo, se asignó un plazo para que los precandidatos "presenten sus declaraciones juradas y para que ARCA Y organismo descentralizado, realice los correspondientes informes sobre el cumplimiento de obligaciones impositivas y previsionales con el fin de agilizar el proceso".

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