La reforma laboral se presentará el 9 de diciembre con cambios en juicios y convenios

06 de diciembre de 2025SSSS
IMG_9381

El Gobierno Nacional pule por estas horas los últimos detalles de la versión final de la reforma laboral, cuya edición definitiva se presentará este martes 9 de diciembre, un día antes de que en el Congreso comiencen las sesiones extraordinarias a las que convocará hoy el Poder Ejecutivo para tratar este tema y el Presupuesto 2026.

La Casa Rosada espera tener para fin de año, cuando concluya el primer tramo de extraordinarias, la media sanción del proyectopara terminar de tratarlo en febrero próximo.

El Gobierno anunció además modificaciones para reducir la “discrecionalidad” de los jueces que intervienen en los conflictos entre trabajadores y empleadores. Establece que se fije un único cálculo, actualizado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) con más una tasa de interés pura del 3% anual, y prohíbe que se devenguen intereses sobre los intereses, como sucedía con algunos fallos del fuero laboral.

Entre los principales puntos que incluiría el texto está la modificación que de todo aquello que “da discrecionalidad al juez (laboral) y que genera incertidumbre tanto en el trabajador como en el empleador”, por los diferentes criterios de los distintos magistrados, dijeron fuentes al tanto de lo delineado.

Se trata de ítems que ya habían sido mencionados y que trascendieron también como ejes de trabajo en el Consejo de Mayo, que en el último semestre se reunió mensualmente y trabajó en el tema entre cada encuentro. Aunque los consejeros de los distintos sectores que lo integraron aún no vieron la versión final. Los gremios, representados allí por Gerardo Martínez, de la CGT y la Uocra, ya advirtieron que no había consensos para avanzar con las reformas en materia laboral. Lo que prácticamente da por hecho escenarios de conflictividad que el Gobierno ya prevé.

Uno de los puntos objetados por los sindicatos es la ampliación de servicios esenciales que prevé el proyecto. Interpretan que atentaría contra el derecho a huelga y sería un motivo para judicializar la ley, en caso de ser sancionada. “Sería inconstitucional si afecta el derecho a huelga”, señaló uno de los cerebros judiciales de la CGT que participó del diseño del amparo que frenó el decreto 340/25.

El proyecto contempla la creación de un fondo de cese laboral,uno de los puntos sobre los que el Gobierno viene insistiendo desde la discusión de la Ley Bases. Sería para despidos con causa y buscaría reemplazar las indemnizaciones por despido tradicionales, que seguirán vigentes, por aportes mensuales del empleador a una cuenta individual del trabajador. Se trata de un punto con el que, explican, buscan reducir la carga sobre las pequeñas y medianas empresas y darle más “previsibilidad” a lo que percibirán los empleados. El fondo de cese laboral ya había sido habilitado en la Ley Bases, pero tuvo nulo correlato entre las cámaras empresarias y los sindicatos. Es un sistema que solo lo tiene vigente la Uocra, pero establecido antes de la gestión de Milei.

El fondo de desempleo en la construcción funciona de la siguiente manera: el empleador deposita el 12% del salario mensualmente en el fondo durante el primer año de la relación laboral y el 8% a partir del segundo año. El dinero se deposita en una cuenta bancaria, genera intereses para el trabajador y son inembargables. El dinero es de libre disponibilidad. En el caso del proyecto oficial, el aporte será únicamente del empleador.

Además, contempla la creación de un Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que se constituiría con el aporte del 3% de las contribuciones patronales. Sería una caja que estará bajo la tutela de los ministerios de Capital Humano y Economía y que serviría para afrontar “contingencias laborales”, según precisaron fuentes oficiales.

En cuanto al “banco de horas”, apunta a flexibilizar la jornada laboral, permitiendo acumular horas extra en una suerte de “saldo” que se compensa con días libres o jornadas más cortas en el futuro, en lugar de un pago adicional. Eso, manteniendo los mínimos de 12 horas de descanso entre cada jornada y las disposiciones legales de cada actividad, relataron.

También se eliminaría la antigüedad si se cambia de empleador, que hasta ahora se mantenía si había una sustitución patronal. Y el proyecto “flexibiliza” las vacaciones, con la incorporación de la opción de fraccionar el tiempo del que goza cada trabajador y que acordará con su empleador.

 

Lo más visto