Oficializaron la prohibición de propaganda política partidaria o de culto en edificios públicos

10 de diciembre de 2024SSSS
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Este martes 10 de diciembre, el gobierno de Javier Milei publicó el Decreto 1084/2024 en el Boletín Oficial donde describe la prohibición dirigida específicamente hacia cualquier forma de propaganda política partidaria o de culto a la personalidad en edificios u obras públicas, oficinas, monumentos u otros bienes muebles o inmuebles pertenecientes al Estado Nacional.

Por lo tanto, los nombres de personalidades políticas no podrán ser utilizados en los inmuebles antes mencionados “antes de transcurridos diez años desde su fallecimiento o desaparición física o desde los acontecimientos históricos que se pretenda honrar”.

También se eliminó la asignación de “denominaciones que correspondan a personas que hayan ejercido funciones como autoridades nacionales, provinciales o municipales mediante actos de fuerza contra el orden constitucional y el sistema democrático”.

“Prohíbese a los funcionarios públicos, independientemente de su rango y modo de designación o contratación, utilizar recursos o bienes del dominio público o privado del Estado Nacional con la finalidad de promocionar, celebrar, conmemorar u homenajear su propia imagen, ideología, afiliación política, partido político o cualquier atributo personal”, dejó en claro el comunicado divulgado.

Ante cualquier incumplimiento del decreto, se podrá denunciar ante las autoridades nacionales cualquier violación del decreto, sin costo, a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).

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