

Para aquellos contribuyentes que quieran adherirse a la primera etapa del Régimen de Regularización de Activos, más conocido como blanqueo de capitales, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) especificó los criterios para que los interesados puedan acceder a la liberación de delitos tributarios y para evitar la doble imposición con otros países.
A través de la Resolución 5573/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno detalló que aquellas personas que se sumen a la medida gozarán de diversos beneficios -dependiendo de los bienes que hayan sido declarados-, entre los cuales se encuentra la liberación de delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas por incumplimientos, créditos y tenencias que se declaren.
Además, la norma establece la liberación del pago de los impuestos y las obligaciones que se hayan omitido con anterioridad al 31 de diciembre de 2023 y que no se hayan declarado. Para acceder a esos beneficios, se deberá aceptar las exigencias de la AFIP y renunciar a la posibilidad de iniciar cualquier acción judicial.
En tanto, para asegurarse de que los contribuyentes cumplan con lo dispuesto en el régimen, la AFIP fiscalizará y verificará todas las transacciones a través de una revisión “detallada” de los bienes y fondos regularizados.


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