
Devolución de IVA a jubilados de Anses para compras con tarjeta de débito
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha realizado una actualización en el régimen de devoluciones de Impuesto al Valor Agregado (IVA) para jubilados y pensionados que realizan compras con tarjeta de débito. Esta medida amplía tanto la cantidad de personas beneficiadas como el monto del beneficio.
Nuevos Límites de Ingreso para Acceder a la Devolución de IVA:
Antes de esta modificación, el ingreso máximo mensual para acceder a los reintegros era de $87,459.76. Con la actualización, este límite se ha elevado a $262,373.28. Esto significa que los jubilados y pensionados que perciban ingresos mensuales dentro de este rango serán elegibles para recibir la devolución de IVA en sus compras con tarjeta de débito.
Bono Especial para Jubilados en Septiembre:
Además de esta mejora en el programa de devolución de IVA, los jubilados también recibirán un bono especial en septiembre. Este bono de $37,000 será otorgado a través de la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) y se entregará en la misma fecha y lugar de cobro de sus haberes regulares.
Beneficios para Diferentes Grupos de Jubilados y Pensionados:
Jubilados y pensionados que perciban hasta 3 haberes mínimos (actualmente fijados en $87,459) podrán acceder a la devolución de IVA en sus compras con tarjeta de débito.
Los jubilados y pensionados que califiquen para este programa verán aumentado el tope de reintegro a $18,000 por mes y por beneficiario.
Aquellos que reciban una pensión no contributiva por debajo del mínimo y los beneficiarios de asignaciones universales por hijo o embarazo podrán recibir un reintegro de hasta $4,056 por mes y por beneficiario, o $8,114 en el caso de múltiples asignaciones.
Fechas de Acreditación de la Devolución de IVA:
El reintegro se depositará automáticamente en la cuenta bancaria vinculada al beneficio de la asignación, pensión o jubilación. La acreditación del dinero dependerá del horario en que se haya realizado la compra:
Compras realizadas antes de las 17 horas: el dinero se acreditará en un plazo de 24 horas.
Compras realizadas después de las 17 horas: la acreditación puede demorar hasta 48 horas.
Excepcionalmente, las compras efectuadas entre el 1 y el 14 de septiembre de 2023 recibirán el reintegro el día 15 del mismo mes.
Estos cambios en el programa de devolución de IVA estarán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023 y se aplicarán en todos los comercios inscritos en la AFIP.
Quiénes No Pueden Acceder al Beneficio:
Jubilados o pensionados que cobren más de tres haberes mínimos.
Personas que no sean beneficiarias de asignaciones universales.
Aquellos que trabajen en relación de dependencia o como autónomos.
Individuos con ingresos declarados en el impuesto a las Ganancias o que sean monotributistas, a excepción de los adheridos a ciertos regímenes especiales.
Quienes tributen en el Impuesto sobre los Bienes Personales por bienes que no sean vivienda única.
Jubilados que reciban más de un beneficio asistencial, a menos que se trate de asignaciones universales por hijo o embarazo y hasta una pensión por fallecimiento que no supere los tres haberes mínimos.
Este programa de devolución de IVA busca aliviar la carga económica de los jubilados y pensionados argentinos y brindarles un beneficio adicional para hacer frente a sus gastos diarios.
Fuente: AFIP


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