ANMAT prohíbe la venta de conocido repelente de mosquitos por irregularidades y falsificaciones
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha prohibido la elaboración, venta y distribución de una reconocida marca de repelentes para mosquitos debido a irregularidades y falsificaciones. La medida se formalizó a través de la Disposición 6235/2024, publicada en el Boletín Oficial.
Actualidad16 de julio de 2024 I24El producto en cuestión es el "REPELENTE DE INSECTOS, marca GENIAL OUTDOOR". Según ANMAT, el repelente usaba datos falsos en su rotulado sobre su inscripción sanitaria. La investigación comenzó tras una denuncia de la empresa Laboratorio Elea Phoenix S.A., que detectó la comercialización de repelentes falsificados.
El número de legajo en el rótulo del producto correspondía al Laboratorio New Zen SRL, cuya habilitación como elaborador de productos de higiene personal, cosméticos y perfumes fue cancelada por la Disposición ANMAT N°8001/2015. Además, tras consultar la base de cosméticos inscriptos, ANMAT no encontró productos con los datos identificatorios del repelente investigado. Se descubrieron otros productos de la misma marca donde aparecía como titular y elaborador la firma Quality Clean S.A., habilitada por ANMAT.
Durante una inspección a Quality Clean S.A., el director técnico declaró que no participó en ninguna etapa productiva del repelente. No se encontraron unidades, registros o documentación del producto en las instalaciones.
ANMAT realizó una inspección en un local comercial de CABA donde el denunciante había comprado el repelente. Aunque el producto ya no estaba en stock ni exhibido, se confirmó que se había comercializado previamente. Además, se llevó a cabo una fiscalización en medios electrónicos para identificar sitios web o publicaciones en plataformas de venta online ofreciendo el producto, interviniendo el “Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria” para eliminar dichas publicaciones.
El organismo determinó que el repelente infringe el artículo 19 inciso a de la Ley N° 16.463 y los artículos 1° y 3° de la Resolución ex MSyAS N° 155/98, por carecer de registros de establecimiento y de producto, resultando ser un producto ilegal.
Por estas razones, ANMAT dictaminó: "Prohíbese el uso, comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto de origen nacional denominado: ‘REPELENTE DE INSECTOS, marca GENIAL OUTDOOR’ en todos sus lotes, presentaciones y contenidos netos."
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