Un fallo judicial obliga a garantizar una vivienda accesible para una niña con discapacidad
La jueza Alejandra Petrella, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N.º 12 de la Ciudad, ordenó al Gobierno porteño garantizar una vivienda accesible a una familia con una niña con discapacidad. Relocalizada en 2019 por la causa del Riachuelo, la familia vive en un tercer piso sin ascensor en Barracas, pero la salud de la menor empeoró y ahora depende de una silla de ruedas y asistencia constante. La magistrada sostuvo que eliminar las barreras de accesibilidad “es responsabilidad del entorno, en este caso del GCBA”.
La resolución pone el foco en el derecho a una vivienda adecuada y en la responsabilidad del Estado de garantizar condiciones habitacionales que contemplen las necesidades de las personas con discapacidad.
Un fallo judicial ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires garantizar una vivienda accesible para una niña con discapacidad, en una decisión que vuelve a poner en debate el cumplimiento de los derechos de la infancia y el acceso a condiciones habitacionales dignas.
La resolución apunta a la necesidad de que la solución habitacional contemple las necesidades específicas de la menor, de manera que la vivienda no sea solamente un lugar donde vivir, sino también un espacio seguro y adecuado para su desarrollo y autonomía.
El caso pone de relieve las dificultades que enfrentan muchas familias cuando necesitan una vivienda adaptada y deben recurrir a la Justicia para obtener una respuesta. En estas situaciones, las barreras arquitectónicas y la falta de condiciones de accesibilidad pueden afectar la vida cotidiana y limitar la independencia de las personas con discapacidad.
La Ciudad tiene 10 días para informar cómo cumplirá la sentencia: ofrecer una vivienda accesible en planta baja, cerca del centro médico de la niña, o adaptar la actual. El traslado deberá concretarse en un máximo de seis meses, mientras que las obras tendrán un plazo de 90 días. Hasta entonces, el Gobierno porteño deberá otorgar un subsidio transitorio para cubrir la asistencia en los desplazamientos.
El acceso a una vivienda digna constituye un derecho fundamental. Para las personas con discapacidad, esa garantía también implica contar con espacios que respondan a sus necesidades y permitan una utilización segura y accesible.
En el caso de niñas y niños, además, las decisiones que involucran sus condiciones de vida deben considerar especialmente su bienestar y el ejercicio efectivo de sus derechos.
La intervención judicial busca que las obligaciones del Estado se traduzcan en medidas concretas y que las necesidades de una niña con discapacidad sean contempladas al momento de garantizar una solución habitacional.
El fallo vuelve a destacar la importancia de avanzar hacia políticas públicas que promuevan la inclusión y la accesibilidad, para que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones.